El 30 de junio de 2017 entrará en vigor la reforma de la ley de Registro Civil, en la que se expresa que no será prioridad colocar el apellido del padre a los hijos recién nacidos y que la decisión del apellido a utilizar será en acuerdo entre los padres.
Mayor facilidad para utilizar el apellido materno
Ya desde el año 2000, en España, se permitía inscribir en el Registro Civil a los niños recién nacidos con el apellido de la madre, siempre y cuando los padres enviaran una solicitud al juez, donde declaran de mutuo acuerdo invertir el orden de los apellidos anteponiendo el de la madre al del padre.
Sin embargo, con esta nueva ley que entrará en vigencia este mes de junio, este procedimiento no será necesario debido a que se deberá llegar a un acuerdo entre el padre y la madre, durante las primeras 72 horas, sobre cuál será el primer apellido de sus hijos.
Apoyo a la igualdad de géneros
Esto permite acercarse más a la igualdad de géneros, evitando que optar por el apellido paterno sea una opción por defecto y pase a ser una elección de mutuo acuerdo.
Decisión mutua de los padres o del Registro
El sistema prevé que los padres tengan un plazo de 72 horas después de haber nacido su hijo, para declarar el orden de utilización de los apellidos. Si pasados los tres días, los padres no han podido llegar a un acuerdo, será el propio encargado del Registro Civil quien tomará la decisión del apellido a utilizar, sin asegurar que sea primero el apellido del padre el que se utilizará.
El encargado recurrirá a recursos como el orden alfabético, el sorteo o la estética, para seleccionar el apellido del niño, lo cual no implicaría en ningún caso una elección por defecto.
En la gran mayoría de los casos, los padres tomarán la decisión directamente en los hospitales, sin tener que acudir al Registro Civil en ningún momento.
Una vez alcanzada la mayoria de edad, por parte de los hijos, estos pueden decidir cambiar el orden de sus apellidos conforme a su única y exclusiva voluntad, lo que puede dar lugar a que haya hermanos con distinto orden de apellidos. Además, la ley ofrece la posibilidad de cambiar nombres y apellidos, de tal forma que puede establecerse el uso de los apellidos de ambos padres como primer apellido compuesto con el fin de evitar la desaparición de un apellido español, o bien para que no sea tan común.
También prevé la posibilidad de cambio del apellido cuando sea contrario al decoro u ocasione graves inconvenientes.